El matrimonio entre
personas del mismo sexo (también llamado matrimonio
homosexual o matrimonio gay) es el reconocimiento social, cultural y
jurídico que regula la relación y convivencia de dos personas del mismo sexo,
con iguales requisitos y efectos que los existentes para los matrimonios entre
personas de distinto sexo.
El
matrimonio entre personas del mismo sexo en los países en que se ha aprobado
hasta ahora se ha establecido legalmente mediante la extensión de la
institución ya existente del matrimonio a aquellos formados por personas del
mismo sexo. Se mantiene la naturaleza, los requisitos y los efectos que el
ordenamiento jurídico venía reconociendo previamente a los matrimonios.
Se
tiene constancia y documentación de las prácticas sexuales homosexuales desde
los mismos albores de la humanidad, prácticamente en todas las épocas y las
civilizaciones, con diferentes grados de reconocimiento social. La extensión
jurídica del matrimonio forma parte de una tendencia general de reconocimiento
de la homosexualidad en la sociedad occidental moderna.
Junto
a la institución del matrimonio, y como alternativa o, en ocasiones,
superponiéndose a la regulación del matrimonio entre personas del mismo sexo,
existen instituciones civiles adicionales, muy diferentes entre cada país y
comunidad, con denominaciones distintas como "parejas de hecho",
"uniones civiles" o "concubinatos" (entre otras
denominaciones), cada cual de una naturaleza, requisitos y efectos ad hoc,
según la realidad social, histórica, sociológica, jurídica y aun política de
cada sociedad.
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