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El
matrimonio entre personas del mismo sexo en los países en que se ha aprobado
hasta ahora se ha establecido legalmente mediante la extensión de la
institución ya existente del matrimonio a aquellos formados por personas del
mismo sexo. Se mantiene la naturaleza, los requisitos y los efectos que el
ordenamiento jurídico venía reconociendo previamente a los matrimonios.
Se
tiene constancia y documentación de las prácticas sexuales homosexuales desde
los mismos albores de la humanidad, prácticamente en todas las épocas y las
civilizaciones, con diferentes grados de reconocimiento social. La extensión
jurídica del matrimonio forma parte de una tendencia general de reconocimiento
de la homosexualidad en la sociedad occidental moderna.
Junto
a la institución del matrimonio, y como alternativa o, en ocasiones,
superponiéndose a la regulación del matrimonio entre personas del mismo sexo,
existen instituciones civiles adicionales, muy diferentes entre cada país y
comunidad, con denominaciones distintas como "parejas de hecho",
"uniones civiles" o "concubinatos" (entre otras
denominaciones), cada cual de una naturaleza, requisitos y efectos ad hoc,
según la realidad social, histórica, sociológica, jurídica y aun política de
cada sociedad.
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